¿Qué Pasa?

¿‘Cartel de los procesos’? Juzgado dejó prescribir 901 expedientes de Ley 600

No se tramitaron recursos de apelación contra las sentencias, ni se enviaron a Ejecución de Penas, entre otras actuaciones.

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El 11 de agosto de 2019, EL HERALDO publicó en exclusiva una investigación titulada: “Juzgado engavetó fallos de más de mil crímenes entre 1995 y 2007”, la cual daba cuenta, inicialmente, sobre la supuesta ocultación por parte de algunos funcionarios de ese despacho judicial, de más de 1.000 procesos de Ley 600 de 2000 (antiguo sistema penal inquisitivo), algunos con resolución condenatoria por casos de homicidio, delitos sexuales, porte de armas de fuego y estupefacientes, entre otros, muchos de los cuales prescribieron con el paso del tiempo.

El caso de presunta corrupción dentro de la Rama Judicial en Barranquilla se registró en el entonces Juzgado Sexto Penal del Circuito de esta ciudad, que en 2017 fue reemplazado por el hoy Juzgado Segundo Penal del Circuito con funciones de conocimiento, tras el retiro de la togada Sonia Sánchez con el beneficio de la pensión.

En respuesta a un derecho de petición interpuesto por EL HERALDO, la actual titular del Juzgado Segundo Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Barranquilla, Claudia Patricia Consuegra Carrillo, informó que fueron hallados 1.513 procesos de Ley 600 a los que no se les dio el respectivo trámite y otros que estaban pendientes del mismo.

Al revisar cada uno de los expedientes se encontró que en 425 de ellos había prescrito la acción penal, es decir, cuando transcurrido el tiempo se dan los vencimientos de términos y el Estado pierde la potestad punitiva para investigar, juzgar y sancionar los delitos, en tanto que en 476 se decretó la prescripción de la pena, que es cuando el sentenciado durante el término de su condena no fue capturado para que cumpliera la misma, para un total de 901 procesos prescritos, ya fuese en etapa de juzgamiento o de ejecución de penas.

La prescripción, tanto de la acción penal como de la pena misma de los procesos señalados, se debió a que la gran mayoría de las carpetas no llegaron a los juzgados administradores de las condenas (jueces de ejecución de penas y medidas); otros no prosperaron por falencias en la notificación de las partes, el no trámite de las apelaciones interpuestas por los sujetos procesales, pérdida de los cuadernos y folios originales de las actuaciones del juzgado; tampoco se dio traslados a la Fiscalía y en otros casos no se llegó a la culminación del juicio.

Los otros 612 procesos encontrados, del total de 1.513, “tenían pendientes trámites de remisión al archivo central o al único juzgado que tramita procesos de Ley 600 de 2000, para que conserve las copias de los procesos que aún se encuentran en ejecución de penas, devolución a los juzgados de origen de procesos que estaban para resolver segundas instancias (4 en total), entre otros trámites administrativos”, según indicó a este medio la togada Claudia Patricia Consuegra Carrillo.

Los procesos que prescribieron

De acuerdo con lo informado por Consuegra, de los 425 procesos a los que se les decretó la acción penal, 190 correspondían a fabricación, tráfico o porte de estupefacientes; 96 eran por el delito de fabricación, tráfico o porte ilegal de armas de fuego; 60 a delitos contra el patrimonio económico; 24 a delitos contra la fe pública (falsificación de moneda, falsificación de sellos, efectos oficiales y marcas; falsedad material en documentos públicos y privados, entre otros); 18 correspondían a delitos sexuales y 12 a homicidios, entre otros delitos.

En cuanto a la prescripción de la pena, 323 fueron por fabricación, tráfico o porte de estupefacientes, 82 a fabricación, tráfico o porte ilegal de armas de fuego, 26 a delitos contra el patrimonio económico y 22 a delitos contra la vida: homicidio, entre otros delitos.

Hallazgo inconcluso

Tras el retiro de Sonia Sánchez, titular en ese momento del despacho judicial, en su remplazo fue nombrada de manera provisional la togada María Patricia Hernández Jácome, quien en junio de 2017 se percató de la existencia de numerosas cajas llenas de carpetas, por lo que dio la orden al entonces oficial mayor del despacho, Ever de Jesús Ospino Peñas, de que revisara todo el inventario, ya que era el funcionario al cual se le había asignado el trámite de dichos expedientes.

El 5 de julio del mismo año, Ospino Peñas rindió un informe a la jueza, en el que le notificó del hallazgo de 872 procesos de Ley 600. De ahí se dio inicio a un proceso disciplinario contra el entonces oficial mayor del juzgado involucrado, quien fue suspendido del cargo durante más de un año. Asimismo, la jueza notificó al Consejo Seccional de la Judicatura de los hallazgos, ante lo cual la corporación procedió de manera inmediata a ordenar una serie de medidas administrativas para superar la problemática identificada, “medidas que incluían la asignación de funciones de Ley 600 a ese Juzgado y la rotación de empleados para la depuración de la información que permitiera identificar el estado actual del proceso”.

Posteriormente, el 6 de julio de 2018 fue nombrada en propiedad del despacho judicial la jueza Claudia Patricia Consuegra Carrillo, tras superar el concurso de méritos. La togada fue informada sobre el proceso disciplinario que le había sido abierto a Ever de Jesús Ospino Peñas y a Felicinda Quintero Cubillos, otrora secretaria del extinto Juzgado Sexto Penal del Circuito de Barranquilla, quien debía dar trámite a los procesos.

Consuegra Carrillo ordenó que se hiciera un nuevo inventario de los procesos que se encontraban en el despacho, tanto de Ley 600 como Ley 906 de 2004 (actual sistema penal de justicia) incluyendo tutelas, debido a que todavía existían muchas cajas y expedientes en el despacho judicial.

Fue así como el 29 de agosto de 2018 le fue rendido un informe que daba cuenta de la existencia de 641 procesos de Ley 600, los cuales no habían sido relacionados en el primer inventario de los 872 procesos realizados por Ospino Peñas. De igual manera la jueza dispuso corroborar el inventario, a fin de determinar qué se había tramitado y qué estaba pendiente, y si la información allí consignada era la correcta.

Procesos metidos en una caja que contenía tutelas

Durante el segundo inventario llamó la atención de la jueza y de los empleados que realizaban la ardua y dispendiosa labor el hallazgo de 17 procesos de Ley 600 con sentencias contra las cuales fueron interpuestos recursos de apelación, y que estaban sin tramitar desde los años 2011 y 2012, cuando el Juzgado aún era el Sexto Penal del Circuito. Lo inusual del hallazgo fue que las carpetas estaban metidas en una caja que solo contenía cuadernos de tutelas para archivos.

Una vez fueron revisados, en 14 se les decretó la prescripción de la acción penal (1 por homicidio, 5 por delitos sexuales, 3 por delitos contra el patrimonio económico, otros tres por delitos contra la fe pública, uno por concusión y otro por ejercicio ilícito de actividad monopolística y rentística). Solo 3 procesos pudieron enviarse al superior para la resolución de los recursos interpuestos, por no haber prescrito la acción penal.

El 5 de febrero de 2020, el mismo juzgado halló responsables disciplinariamente del delito de prevaricato por omisión en concurso homogéneo y sucesivo a Ever de Jesús Ospino Peñas y a Felicinda Quintero Cubillos, siendo sancionados con inhabilidad general de ejercer la función pública en cualquier cargo o función por 20 años. Además, Ospino Peñas fue destituido del cargo de oficial mayor del entonces Juzgado Sexto Penal del Circuito.

La decisión fue apelada por los sancionados ante la Sala Plena del Tribunal Superior de Barranquilla, la cual se encuentra a la espera de ser confirmada o revocada en segunda instancia por los magistrados de esa corporación.

Cómo va el proceso penal

El 27 de junio de 2018 fue la fecha en que la jueza María Patricia Hernández Jácome presentó denuncia penal en la Fiscalía contra los empleados Ever de Jesús Ospino Peñas y Felicinda Quintero Cubillos, por la presunta comisión de los punibles de concurso homogéneo y sucesivo del delito de prevaricato por omisión.

Al consultar con la oficina de prensa del ente investigador sobre el estado actual del proceso penal en contra de los funcionarios antes mencionados, se informó a EL HERALDO que el mismo lo lleva la Fiscalía 55 de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública y se encuentra en la etapa de indagación con radicación SPOA 080016001257201803472.

Agrega la información que se ordenó la compulsa de copias de la denuncia en mención ante la Unidad de Fiscalías Delegadas ante el Tribunal Superior de esta ciudad, a efectos de que fuese objeto de investigación lo que correspondía con respecto a quienes fungieron como titulares del citado Juzgado Segundo Penal del Circuito de esta ciudad.

Finalmente se indica que “al interior de la actuación se han adelantado diversas actividades investigativas tendientes a su perfeccionamiento y se está a la espera de unos informes de policía judicial, a fin de tomar la decisión que en derecho corresponda”.

Cabe recordar que la pena máxima que podrían cumplir Ospino Peñas y Quintero Cubillos en el delito de prevaricato por omisión es de 7 años y 6 meses, mismo tiempo en que prescribe la acción penal, es decir, que en junio el proceso penal cumple tres años en etapa de indagación, teniendo en cuenta que la denuncia fue presentada en junio de 2018.