¿Por qué ‘el Pupileto’ estaba fuera de la cárcel?, Fiscalía abre investigación
La directora de la Fiscalía en Atlántico cuestionó que Daniel Osorno estuviera en las calles, a pesar de tener activas tres órdenes de detención, dos de detención domiciliaria y una intramural en la cárcel Modelo de Barranquilla.
Según la Fiscalía, Daniel Osorno Márquez, alias el Pupileto, tendría que haber estado preso en la cárcel Modelo de Barranquilla desde el 3 de septiembre de 2019; sin embargo, el domingo las autoridades lo detuvieron en el barrio Paraíso del Norte de Barranquilla tras supuestamente haber robado en una vivienda.
Es por ello que el ente investigador abrió una nueva investigación en su contra por el delito de fuga de presos y ahora solicita al director de la cárcel que rinda explicaciones de por qué Osorno Márquez, de 21 años, no se encontraba tras las rejas. Así lo informó la directora de la seccional, Claudia López Duncan, quien además explicó que contra alias Pupileto también habían una condena vigente y dos órdenes de detención domiciliaria preventivas, resultado de los nueve procesos que la Justicia tiene activos en su contra.
"Él debió haber estado en la cárcel a solicitud de la fiscal Novena Especializada, pero asombrosamente este señor estaba en libertad. Nos dimos a la tarea de revisar las carpetas de los nueve procesos que tiene como adulto en la Seccional Atlántico y encontramos que, en efecto, la medida estaba vigente. Vimos que la Judicatura no había ordenado ninguna libertad ni domiciliaria, por lo que procedimos a solicitar al centro penitenciario la información de cómo era que el señor Daniel José Osorno Márquez se encontraba en libertad", explicó la fiscal.
Además, dijo que de haberse dado algún permiso de salida se le debía haber notificado a la Fiscalía, quien es la que sigue los procesos contra Osorno; pero no hubo tal notificación y por ello se abrió la investigación que parte de la certificación de la cárcel al ente judicial en respuesta a la pregunta de por qué 'el Pupileto' estaba libre.
"No podemos salir de manera apresurada a decir si hubo corrupción, peor el director de la cárcel debe salir a verificar qué pasó y quienes intervinieron. Por lo pronto no podemos descartar nada", indicó.
“Nunca estuvo libre”.
Luego de que la Fiscalía Seccional Atlántico manifestara su intención de abrir una investigación por irregularidades en la condición jurídica de Daniel José Osorno Márquez, la Cárcel Modelo de Barranquilla dialogó con este medio para responder ante los cuestionamientos del ente investigador.
Fredy Patiño, abogado en jefe del Área Jurídica Cárcel Modelo, explicó que Osorno Márquez “no fue dejado en libertad, sino que salió con una medida de aseguramiento de detención domiciliaria, que respondía al orden de los procesos de cada interno con la Autoridad”; y que, además, violó una de las tres medidas de detención preventiva que tenía en su contra, luego de llegar a un acuerdo con la Fiscalía para eludir una cuarta medida de detención.
“Ahora él tiene cuatro SPOA notificados a la cárcel. El primero, notificado en 2018, el ingresa a la cárcel con detención domiciliaria y sale con esa medida. Luego, nuevamente ingresa con detención domiciliaria y, después, ingresa de nuevo con una medida intramural de septiembre de 2019” indicó Patiño.
En ese momento, explicó el abogado, alias Pupileto ya tenía un proceso activo por el cual estaba privado de la libertad y dos procesos en los que era requerido en prisión dentro de su lugar de residencia, y luego llega una cuarta medida de aseguramiento, también intramural.
Tras esto, la Cárcel Modelo recibe, el 23 de diciembre de 2019, una orden de libertad para Osorno Márquez, por el proceso número tres –por el delito de fuga de presos– en el que alias el Pupileto hizo un acuerdo con la Fiscalía, tras aceptar los cargos.
Por orden de un juez
Esta casa editorial tuvo acceso a la boleta de libertad de Daniel José Osorno Márquez, emitida el 19 de diciembre de 2019 por el Juzgado Segundo Penal del Circuito, con funciones de conocimiento. En dicho documento, la juez Claudia Consuegra Carrillo ordena que alias Pupileto sea puesto “en libertad inmediata, siempre y cuando no sea requerido por otra autoridad judicial o de Policía”, toda vez que se aprobara el mencionado acuerdo con la Fiscalía.
Cabe destacar que, en ese mismo documento, la juez fijó un periodo de prueba de cinco años en los que el beneficiario de la suspensión de la pena –en este caso ‘el Pupileto’– debía cumplir con la obligación de informar todo cambio de residencia, observar buena conducta, Reparar los daños ocasionados con el delito (a menos que se demuestre que está en imposibilidad económica de hacerlo), comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la sentencia, cuando fuere requerido para ello; y no salir del país sin previa autorización del funcionario que vigile la ejecución de la pena. Ello correspondiente al artículo 65 del Código Penal colombiano.
Entonces, con la llegada de la boleta de libertad, entró en juego la aplicación de otra norma, según explicó el abogado Patiño.
“En ese momento se identifica que él tiene vigentes tres procesos en los que es requerido con medida de detención y el sistema y el mismo orden legal de disposición de autoridad me dice que yo tengo que llevarlo a cumplir la orden más antigua, correspondiente a la primera autoridad que me lo puso a disposición y fue un juez que le concedió la detención domiciliaria, y eso fue a lo que le dimos cumplimiento”, dijo Patiño.
“No debemos olvidar que todas son medidas de aseguramiento y por ende él nunca estuvo libre, sino que tenía medida de aseguramiento con detención domiciliaria. Que el señor estando en aseguramiento domiciliario haya salido a realizar otras acciones ilegales, ya esto es responsabilidad absoluta del interno”, concluyó.