¿Qué Pasa?

Samuel Viñas recibió casa por cárcel

El empresario salió desde el viernes pasado.

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Un juez de la República le había concedido a Samuel Enrique Viñas Abohomor el beneficio de detención domiciliaria por la condena a 42 años y nueve meses de prisión que le habían dado en 2012, dos años después de haber asesinado a disparos a su esposa el 1 de enero de 2010.

La orden de salida domiciliaria la emitió el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) el pasado viernes siete de febrero de 2020 y aparece ordenada por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas de Barranquilla, en favor del condenado.

Según conoció este medio, el mismo viernes se habría cumplido el traslado de Viñas Abohomor hacia su residencia ubicada en un edificio del barrio Villa Country.

En uno de los apartamentos del piso nueve del edificio estaba el hombre que había pasado el último mes recluido en una clínica del norte de Barranquilla, a donde llegó por supuestos problemas de salud derivados de una intervención quirúrgica a la que fue sometido en noviembre de 2019 por problemas de colon.

Su ingreso al centro médico coincidió con que se hiciera público que el Inpec había ordenado su traslado a la cárcel de alta seguridad de Cómbita, en Boyacá, tras pasar 10 años preso en la Penitenciaría el Bosque con beneficios como el acceso a internet y la tenencia de teléfonos celulares y computadores.

La octava tutela

La tutela interpuesta por Viñas para conseguir el beneficio de casa por cárcel –la octava que radicó– había sido radicada ante la Corte Suprema de Justicia, alegando problemas de salud; por lo que el abogado de la familia Acosta, Edgardo Niebles, cuestionó que la domiciliaria se la hubiese otorgado un juzgado en Barranquilla.

Además, el abogado de la víctima aseguró que no hay “ninguna razón jurídica para que él tenga casa por cárcel, a menos que haya una razón de 30 a 100 millones de pesos de por medio” y que esto no tendría nada de raro porque “cuando él mató a Clarena dijo que no duraba un día en la cárcel porque él tenía suficiente dinero”.

“Si es así, el lunes mismo (hoy) estoy denunciando al juez frente a la Fiscalía General de la Nación por prevaricato. Yo he leído todos los exámenes que le hicieron los médicos de la clínica Portobelo y enviaron a la Corte y en ninguno de ellos, ningún médico da concepto de que ese tipo esté enfermo y deba estar en una detención diferente a la que le dio la Corte Suprema de Justicia y a la que lo condenó el juez”, aseguró Niebles.

Asimismo, el abogado de la familia Acosta explicó que, contrario a lo que indica la norma, nunca le dieron traslado a él de la solicitud de Viñas y que “el Juzgado de Ejecución de Penas no tiene la potestad absoluta para tomar una determinación de esas sin invitar a las víctimas a que comparezcan ante una petición que él haga”.

El crimen

El homicidio de Clarena Acosta estremeció a Barranquilla y durante casi un año la opinión pública conoció, en el juicio al victimario, el calvario que la mujer vivió hasta el primer día de aquel trágico Año Nuevo: Viñas aprovechó que lo invitaron a estar en casa de su exmujer y sus hijos, la encerró en su cuarto, la colocó boca abajo en la cama y le dio dos tiros en la cabeza.

Para cometer el asesinato, el reconocido empresario de las confecciones sacó de manera agresiva de la habitación a su hija Laura y la amenazó con un revólver —que usó para el crimen— al puertorriqueño Charles Anthony Rodríguez Colón, novio de la hermana de la víctima, de visita en la casa, carrera 59 Nº 86-188 del barrio Riomar, por las festividades de fin de año.

Durante el juicio se conoció que celos enfermizos habían llevado al empresario a matar a su exmujer al saber que ella mantenía un romance con el italiano Fabio Ferrari y que la pareja planeaba irse a vivir al país europeo.

Tras ser condenado, en noviembre de 2010, a 45 años y 10 meses de prisión por el juez Luigui Reyes, la decisión fue apelada ante el Tribunal Superior de Barranquilla.

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