Liliana del Carmen Campos Puello, mejor conocida como La Madame, fue trasladada el pasado sábado, bajo estrictas medidas de seguridad y de manera sorpresiva, desde la cárcel La Vega, de la ciudad de Sincelejo, hasta la cárcel El Buen Pastor, en la capital del país
Posteriomente, la proxeneta fue llevada a la cárcel de Picaleña, en Ibagué, según le dijeron fuentes del Inpec a AL DÍA, por cuestiones “de rutina”.
Campos Puello, condenada el pasado mes de septiembre a ocho años de cárcel por los delitos de trata de personas y concierto para delinquir, fue capturada en julio de 2018 por manejar una red de explotación sexual en Cartagena.
La mujer había sido llevada inicialmente a la Cárcel de San Diego, en la capital bolivarense, y en septiembre pasado, precisamente, había sido remitida a la penitenciaría de La Vega.
Su abogado, Iván Díaz Sabagh, dijo este domingo a la emisora capitalina RCN Radio que desconocen los motivos del traslado.
“No sabemos las razones, desde luego el Inpec no da explicaciones aún”, indicó el jurista al medio de comunicación.
Añadió Díaz que la decisión de traslado por parte de la entidad penitenciaria los tomó por sorpresa.
“Ella en un momento nos informó. Obviamente nos tomó por sorpresa, pero así son las decisiones del Inpec y eso es dependiendo de los cupos en las cárceles u otras medidas contempladas”, señaló el legista.
Advirtió no obstante el defensor que ya el proceso de Campos “está en ejecución de penas, y hay que esperar que el tiempo pase para que ella redima su pena y pueda nuevamente recuperar su libertad. Hay una parte de los procesados, sobrino y un primo, que aún siguen en el proceso porque ellos no llegarán a un preacuerdo con la Fiscalía y tienen decidido llegar hasta el final”.
Pidió finalmente a las autoridades que reconsideren la decisión, dado que “obviamente estando en una cárcel en Ibagué se les dificulta a sus familiares visitarla e, incluso, eso tendría incidencia en sus visitas conyugales porque su esposo se encuentra aquí en Cartagena, entonces eso afectaría un derecho fundamental para ella”.
Y concluyó el defensor: “Ella tiene derecho a sus visitas conyugales con su esposo”.